SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Designación como ministro de Deportes, del alcalde de La Vega, Kelvin Cruz, así como la renuncia luego de la vicealcaldesa, quien se niega a sustituuirlo, crea un gran vacío institucional y un mal precedente, ya que fue electo por cuatro años mediante voto directo.
También la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) queda en el limbo porque Cruz era su presidente, que a pesar de que había su función había cesado en noviembre pasado, seguía al frente de esa entidad, hasta tanto se reuniera la Asamblea de Municipios y eligiera a su sustituto.
 Mientras Cruz fue juramentado como ministro de Deportes, la dirigente del Frente Amplio, Amparo Custodio, presentó su renuncia como vicealcaldesa de La Vega, a pesar de que la Ley 176-07 la faculta a asumiría la vacante, tras la designación del alcalde en otro cargo.
Custodio explicó que deja la posición al partido de gobierno, para que escoja y ponga a quien ellos entiendan debido a que la Alcaldía le corresponde al Partido Revolucionario Moderno (PRM).
«Nosotros tenemos un conjunto de valores y principios, por lo que no despojaríamos a ese partido, que candidateó a Kelvin, del derecho que le asiste de poner a la persona que ellos entiendan», explicó.
Waldys Taveras, experto en asuntos municipales, afirma que con las renuncias se produce un vacío institucional, porque la Ley 176-07 en su artículo 64 establece que en estos casos el Presidente del Concejo de Regidores se lo comunicará al presidente de la República para que actúe de acuerdo a la constitución.
Explica que en ese caso era la Constitución de 2002 que en su artículo 55 que disponía que era facultad del presidente de la República llenar las vacantes de alcaldes y regidores, no obstante la Carta Magna del 2010 le suprimió esa facultad al mandatario.
En tal sentido Waldys Taveras sugiere al presidente de la República someter de urgencia la modificación del artículo 64 de la citada ley Orgánica del Distrito Nacional y los Municipios para que indique que hacer en caso como el que se ha presentado, que además crea un precedente institucional muy peligroso.
Sostuvo que desde el año 2010 debió ser aprobada la Ley Orgánica del Gobierno Local para ajustarla a la Constitución aprobada en ese año, tras aclarar que la carta sustantiva de la nación no otorga facultad al presidente de la República para sustituir alcaldes.
Lo que sí establece la Ley, precisa Taveras, es que el Concejo de Regidores designe provisionalmente al secretario general para que ejerza la gestión de la Alcaldía de manera provisional, que no deber ser por mucho tiempo.
Advierte que el presidente de la República no puede sustituir la voluntad popular, porque crearía un mal precedente,  por lo que el PRM deberá resolver “el tollo” que se ha creado.

Con su decisión han generado un vacío institucional en el ayuntamiento de la Vega que tiende a minar la confianza y credibilidad de los veganos en Kelvin Cruz uno de los principales activos del PRM y uno de los artífices del triunfo municipal de ese partido.
Considera que la solución inmediata es la aprobación del Congreso de una modificación al art. 64 de la ley 176-07 para que diga: En caso de ausencia, por incapacidad física o mental o de una de las causas de cese de las funciones del alcalde y el vice alcalde el Partido que presento la candidatura o encabezó la alianza presentará una terna al Concejo de Regidores para la escogencia del alcalde y el vice Alcalde incompatibilidades.
En torno a FEDOMU, Taveras señala que originalmente cuando su presidente cesaba como alcalde lo sustituía uno de los Vice presidentes que permanecía como alcalde.
No obstante, indica, en su última reforma estatutaria de manera irracional se señaló el 31 de Julio para la elección de su Presidente y demás miembros de la Junta Directiva, lo que no sucedió en esa fecha, por lo que debiene en un vacío institucional de la Federación.