SANTO DOMINGO, República Dominicana.- De acuerdo al proyecto de Ley sobre Modernización Fiscal, la banana y la yuca serían las únicas frutas sin procesar o hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios, que estarían exentos el resto si pagaría

Otros productos de la canasta familiar que actualmente están exentos serían grabados con un tasa generalizada de un 18 % del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) o del Impuesto Sobre el Valor Agregado (IVA), de aprobarse el proyecto de Ley de Modernización Fiscal.

Entre estos se encuentran todas las frutas sin procesar, de consumo masivo como la piña, lechosa, coco, aguacate, guayaba, mangos, chinola, limón, entre otras, que ahora están exentos pasarían a pagar, exceptuando únicamente las bananas o plátanos, frescos o secos, que tácitamente está entre los productos exentos en el artículo 22 de la propuesta de ley dentro de las partidas arancelarias del Articulo 343.

Según el Ministerio de Hacienda todo producto que no está en la lista de exentos entonces debe pagar IVA. Por ejemplo las habichuelas no están.

Ahora pagarán impuestos todas las hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios, como son las papas, tomates, cebollas, lechuga, zanahorias, tayota, molondrón, pepinos, ñame, yautía, entre otras. La única exenta son las raíces de yuca (mandioca).

También pagarían todas las carnes frescas, refrigeradas y congeladas sea de pollo, res, cerdo, pescados u otras. Sólo el grupo de productos carne y despojos comestibles de pollo, no pagarían, el resto sí. Y quedan exentos los productos de animales vivos sea de bovina, porcina, ovina, cabrina, gallos, gallinas, caballos, entre otros.

También pagarían impuestos los derivados de lácteos como el queso fresco (sin madurar), incluido el de lacto suero, y requesón y la miel. Están exentos las leches y huevos.

Los embutidos en su conjunto pagarían impuestos, la lista anterior de exentos de este grupo eran ocho productos. Entre los cereales, ahora la avena pasaría a pagar. Seguirán exentos el trigo, el maíz y el arroz. Y de los productos de molinería las harinas de trigo y maíz no pagarían, pero otros granos de cereales y el gluten de trigo, sí.

De las semillas oleaginosas y otras semillas (para grasas, siembra o alimentos animales, o aceites) era un grupo que anteriormente no pagaban impuestos 11 productos, ahora la lista se achica a ocho.

Estarían exentos el pan sobao, de agua, integral, baguette y de molde, incluso congelado y otros.

Otros productos que pasarían a pagar impuestos y que antes estaban exentos son leche maternizada o humanizada (recién nacidos), para la venta al por menor y pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar, que contengan huevo.

Estas comparaciones de los productos y bienes que actualmente están exentos de pagar un 18 % de ITBIS, pueden verse en detalle en la Ley 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado que fue la última aprobada en el país.