El cuerpo legislativo también aprueba en primera lectura cinco proyectos de Ley de vital importancia para el ordenamiento jurídico de República Dominicana

SANTO DOMINGO, RD.- La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en segunda lectura y envió al Senado, el proyecto de Ley de Contrataciones Públicas, que modifica la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas, en el que establece reglas claras y sanciones para quienes la violen.
El cuerpo legislativo también aprobó, pero en primera lectura, otros cinco proyectos de Ley, entre ellos, el de Fiscalización y Control del Congreso Nacional, el de Bien de Familia, Prevención y Respuesta Nacional en caso de Ausencia de Población Vulnerable, el que modifica la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
En torno a la Ley de Contrataciones, Fausto Domínguez, quien presidió la Comisión que estudió el proyecto, informó que la pieza envuelve 27 leyes, 13 decretos y la sentencia 305-14 del Tribunal Constitucional, tratados comerciales y otras disposiciones.
Domínguez resalta que la normativa, que ahora ve al Senado de la República, establece un régimen jurídico de la contratación pública mediante determinación de órganos y principios, procedimientos y reglas, con la finalidad de garantizar la eficiencia de los fondos públicos en las contrataciones del Estado.
Destaca que la pieza enumera 15 operaciones y actividades contractuales exentas de su gestión de normativas, como operaciones de créditos públicos, compra de vacunas y Alianza Público Privada.
Señala que para mejor comprensión de la Ley también enlita 45 definiciones como: consorcios, fondos públicos, fraccionamiento de obras complejas, prácticas colusorias, tienda virtual de servicios y servicios de consultorías, servicios profesionales, entre otros.
Precisa que la Ley fundamenta las contrataciones en 20 principios, en los que se destacan los constitucionales, de juridicidad, transparencia, publicidad, eficiencia, racionabilidad y el debido proceso administrativo.
La Ley crea la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) a quien establece 22 atribuciones fuera de su reglamento y el ámbito de su competencia le designa su competencia a los régimen de incompatibilidad y habilidades.
Asimismo, crea comités y unidades operativas de contrataciones públicas, los integra y los defines en sus funciones.
Establece claramente las personas prohibidas para contratar de manera absoluta y relativa con el Estado dominicano, y define los mecanismos de selección de proveedores, como licitación pública, abreviada, subasta inversa, sorteos de obras, contrataciones simplificadas, menores, directa o sujeta al umbral.
La normativa ofrece un trato especial a las pequeñas y medianas empresas, que no poseían gran participación en la Ley 340-06.
Al mismo tiempo, define una pequeña parte para las mujeres empresariales, con al menos un 10% como obligación, al tiempo que privilegia a los oferentes locales, provinciales y regionales en las obras a ofrecer.
Crea la figura de los contratos privados, como los celebrados con entidades distintas a los entes y órganos de la administración pública central y descentralizadas de los organismos autónomos, centralizados, entes y órganos de la administración pública local.
De igual modo, los órganos que ejercen funciones de naturaleza administrativa como el poder judicial y el Poder Legislativo, así como entes y órganos constitucionales.
La normativa establece sanciones penales de 2 a 5 años de prisión para funcionarios públicos y empresas jurídicas que violen la Ley.

El proyecto de ley de Contrataciones Públicas, tiene como proponentes a los diputados Franklin Ramírez de los Santos, Dilenia Altagracia Santos Muñoz, Gabriela María Abreu Santos, María de los Ángeles Rodríguez Bonseñor.