SANTO DOMINGO, República Dominicana. -La Cámara de Diputados (CD) continúa este martes con el conocimiento del el Proyecto de Ley Orgánica del Código Procesal Penal (CPP), iniciativa aprobada por el Senado de la República al ser presentada por los senadores Cristóbal Venerado Castillo, Omar Fernández, Félix Bautista y Antonio Manuel Taveras.
Tras llegar a la CD, la pieza, con 471 artículos, fue enviada a la Comisión de Justicia de ese cuerpo legislativo quien lo estudió a fondo y consideró necesario hacerle modificaciones, porque en algunos artículos violan derechos fundamentales.
En tal sentido, el presidente de la CD, Alfredo Pacheco, informó que los diputados no aprobarían un Código que violara derechos fundamentales, por el contrario, sancionarían una pieza que amplíe derechos.
El diputado Carlos de Pérez, miembro de la comisión de justicia, citó entre los avances del CPP que el plazo racionable para decidir sobre la extinción de la acción penal siga siendo de cuatro años, a cinco años cuando se trate del crimen organizado o complejo, para que no sea el juez quien determine el tiempo.
El nuevo texto aclara que nadie puede ser beneficiado de su propia falta, por lo que un imputado que haya torpedeado el proceso no puede ser premiado.
Tampoco se puede interpretar como torpedear el proceso el que las partes ejerzan sus derechos y recursos.
La comisión modificó el artículo que daba facultad a un juez recusado a seguir el proceso, por lo que a partir de ahora este no podrá continuar si ha sido objetado.
También fue modificada la pretensión de que la prisión preventiva fuera de 36 meses en los casos complejos, en cambio, esta sería de 18 meses, pero que pudiera extenderse a solo seis meses más en estos casos.
En caso ordinario, explica de Pérez, diputado por la Romana por el partido Fuerza del Pueblo (FP) la prisión preventiva no podrá exceder de un año.
Los diputados modificaron también el hecho de que se declare en rebeldía a un imputado por no asistir a juicio, sin que antes fuera notificado por la vía correspondiente.
Fueron modificados de igual modo, los considerandos, ya que a pesar de que para la población en general quizás no tienen valor, sin embargo, tienen un valor capital para la interpretación de la Ley.
Explica que si en algún momento hay algo que no se entiende y el considerando explica los motivos por el que tomó tal decisión, deber primar lo que este diga o el principio.
Los diputados modifican además, la propuesta del Ministerio Público de colocar impedimento de salida de manera discrecional, sin que el afectado se diera por enterado.
En el informe presentado al Pleno por la Comisión de Justicia establece que para colocar impedimento de salida deberá ser mediante medida de coerción de un juez previa notificación, no de espalda al afectado.
De la misma manera, los diputados eliminan la interseptación telefónica de manera indefinida, por lo que tendría que establecer un plazo definido.
La Comisión tumbó la propuesta del Ministerio Público para que no hubiera doble grado de jurisdicción, por lo que si la sentencia condenatoria se daba en la Corte no pudiera ordenarse nuevo juicio.
“O sea, la Corte no podría ordenar nuevo juicio en ningún caso, en todos casos la Corte tendría que conocer de manera directa”, explica.
Tanto el presidente de la CD, Alfredo Pacheco, como del Senado, Ricardo de Los Santos, las modificaciones de esta normativa responden a la necesidad de la modernización de la justicia, en procura de mayor celeridad, transparencia y eficiencia de los procesos, estableciendo un sistema de definición de roles entre sus actores, con el fin de garantizar derechos fundamentales y el debido proceso judicial.
Según indica el informe presentado por la comisión, este proyecto busca estandarizar los criterios establecidos en la Ley 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana y que los tribunales, al aplicar esta ley, garanticen el cumplimiento de los preceptos de la Constitución, tratados internacionales y sus interpretaciones por los órganos jurisdiccionales creados por estos.