SANTO DOMINGO, República Dominicana. -Luego de una maratónica sesión de más de 16 horas el proyecto de Ley Orgánica que Instituye el Código Penal de la República Dominicana, fue aprobado por la Cámara de Diputados con más de 90 nuevos tipos penales, pero a decir de algunos legisladores, con una gran deuda a la mujer, la exclusión de las tres causales.
Previo a la votación del pleno, el presidente de la CD, Alfredo Pacheco, solicitó al presidente de la República, Luis Abinader, que no observe la Ley cuando llegue a su despacho de parte del Senado, ya que fue trabajada arduamente para que la nación cuente con la normativa.
En la jornada que inició a las 11:00am de ayer miércoles y culminó pasadas las 3:00 de la madrugada de hoy jueves, hubo un intento del diputado Pedro Martínez por introducir las causales, pero fue aplastada por una mayoría conservadora.
Las tres causales es cuando el embarazo pone en peligro la vida de la mujer, cuando el feto presenta malformaciones incompatibles con la vida extrauterina, y cuando el embarazo es resultado de una violación o incesto.
Durante los debates unos deploraron que las tres causales fueran sacadas de la pieza, aunque otros defendieron la exlusiones, tras argumentar que la vida comienza desde la concepción y que la Constitución de la República defiende la vida desde ese momento.

El diputado Wandy Batista, vicepresidente de la Comisión Bicameral que estudió el proyecto de CP y luego presidió la comisión especial que revisó la pieza que llegó del Senado, informó que la normativa sometida al pleno fue el resultado de seis iniciativas de congresistas de ambas cámaras para que saliera la mejor pieza legislativa.
Destacó la inclusión en el CP de una gran cantidad de delitos que no existían en la vieja normativa, como las penas por sustancias químicas arrojadas a otras personas, con penas de 30 años de prisión.
Asimismo, establece formulas para los presos indigentes que no pueden pagar una multa, como la de prisión de seis meses si el delito es muy grave, pero si la infracción no es muy grave no pasaría más de un mes en prisión.
Batista recordó que el nuevo CP entraría en vigencia un año después de ser promulgada, por lo que habrá tiempo para modificarlo, ya que ninguna obra es perfecta.
Aunque solicitó el voto favorable de sus colegas, advierte que estarían firmando una sentencia de muerte para la dignidad de la mujer dominicana establecida en el artículo 38 de la Constitución.
“Nos vamos a quedar con una deuda, tardes o tempranos tendremos que pagar esa deuda, tener clemencia, piedad, por impedir que una mujer está siendo afectada y en su dignidad tenga que vivir un suplicio cuando con este Código estamos excluyendo las tres causales como un eximente de responsabilidad penal” manifestó.
Informó que la mayoría de las cortes constitucionales del mundo que se han pronunciado acerca del aborto, en el caso de las tres causales, han dicho que es perfectamente constitucional.
Informó que el 18 de agosto someterá un proyecto de ley de Protección a los derechos reproductivos de la mujer dominicana, para que quienes se oponían que el tema fuera incluido en el nuevo CP, voten por la pieza.
La diputada Damaris Vásquez se sumó a la posición de su colega Wandy Batista y apoyará el proyecto que someterá en agosto próximo.
Estima que obligar a una mujer o una niña soportar un embarazo fruto de una violación o incesto, es una forma de violencia institucional.
En ese mismo tenor se expresó el diputado nacional por Alianza País, Pedro Martínez, quien sostuvo realmente el CP se aprueba dejando una gran deuda con la mujer en RD.
De su lado, la diputada Nelsa Soraya Suarez, negó que en la Ley no se cuide el derecho de la vida y la reproducción de la mujer, ya que el Congreso ha sido muy ciudadano con el tema.
Leyó una eximente que dice que la interrupción del embarazo practicado por el personal de la salud especializado no será sancionado, si para salvar la vida de la madre, del feto o de ambos en peligro, se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles al momento del hecho.
“El facultado para esto es el médico, quien dice si es verdad que la vida de la madre y del niño corre peligro, no yo, Soraya, que no estudió medicina, usted no estudió medicina”, precisó.
Expuso que la concepción de la vida, el respeto a ella, como reza el artículo 37 de la Constitución, desde la concepción hasta la muerte natural, pero con una eximente, que libra de toda responsabilidad al médico, a la madre, a la familia, cuando la vida de la mujer o del niño corre peligro.
Lidia Pérez, de Puerto Plata, propuso modificar el artículo 3 del CP, para que se excluyan las iglesias de culpabilidad penal, ya que lo considera inconstitucional.
Seliné Méndez, sueña con que un día los congresistas legislen a favor de la educación, porque de esa manera habría menos delitos.
Carlos de Pérez, resalta la inclusión en el CP de alrededor de 90 nuevos delitos, el fortalecimiento de la lucha contra los delitos contra la vida y la integridad física de la persona, los delitos contra la libertad y la seguridad del ciudadano.

De igual modo, los delitos contra la propiedad, sanciones con más severidad los delitos relacionados contra la corrupción, delito contra el orden económico y financiero, la persecución de las drogas, los delitos informáticos y cibernéticos.
Asimismo, los delitos ambientales encuentran mayores sanciones en el nuevo CP, así como los delitos que atentan contra la salud.
Resaltó el que en el nuevo CP el ciudadano cuenta con la posibilidad de grabar su arresto o el de un tercero, lo mismo que un allanamiento o cualquier intervención de la autoridad, ya que se sabe de los abusos que cometen agentes de la PN y algunos miembros del Ministerio Público.
PLD
Gustavo Sánchez, vocero del bloque del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), respaldó la aprobación del CP, lamentó que la pieza se aprobara sin las causales, aunque dejó libre a sus legisladores para que votaran en conciencia.
Manifestó que a pesar de campaña en su contra en elecciones por favorecer la causales, sin embargo la población votó por su candidatura.
Prefiere una sociedad que eduque a la sociedad porque disminuye las acciones delictivas, no que aumenten las penas, que irían a llenar las cárceles de reos.
Apoya que los partidos políticos y las iglesias sean sancionados penalmente si cometen acciones penales.
De su lado, Rafael Castillo, vocero de la Fuerza del Pueblo, definió la sesión como un gran día por la aprobación del CP, ya que se trata de una Ley país.
Dijo que cada diputado de la FP votó por lo que su conciencia dicte, al tiempo que solicitó al presidente de la República que promulgue la Ley, aunque su familia se haya manifestado en contra.
Consideró que la sociedad espera el Código, por los femicidios, contra el sicariato, para que el crimen de lesa humanidad esté tipificado, porque la RD necesita, por el sacrificio de quienes han elaborado la pieza.
Además, porque jamás nadie se preste a prenderse fuego en el Metro de Santo Domingo, porque jamás un estudiante se suicide en una escuela como la Panamás por bulling, entre otros.

El presidente Pacheco
El presidente de la CD, Alfredo Pacheco, hizo una reseña histórica de los movimientos de la pieza desde 2006, observada por Leonel Fernández, 2014, por Danilo Medina.
Solicitó al presidente Abinader no observar la Ley cuando llegue al Poder Ejecutivo, ya que la normativa es esperada por la sociedad.
Por primera vez la RD contará con un CP meramente dominicano, que su elaboración ha pasado por los mejores abogados y diputados y senadores del país, por eso cuenta con castigos severos para feminicidios, lesa humanidad, el suicidio, el sicariato.
Los daños causados por vehículos de motor calibrando, el castigo al bulling, acumulación de penas, entre otros tipos penales.
Reconoció la labor de los congresistas en 2006, 2014, 2020, así como los legisladores actuales encabezado por el Senado con su presidente Ricardo de Los Santos, así como los senadores y diputados que se fajaron en la comisión bicameral.
A la primer dama e hija del presidente Abinader, que los 144 soldados de la Patria (diputados del PRM), se fajaron duros y fuerte para que ese hombre que está sentado en el Palacio Nacional, para orgullo del pueblo dominicano, esté ahí.
Por lo tanto, expresó “merecíamos que nos lo dijeran de otra manera”, porque a él y a sus compañeros no gustó como lo expresaron las damas.
A los legisladores no gustó la forma como se dirigieron a ellos, pero que la realidad hay que entenderla y pidió votar con conciencia, porque una mala votación podría dañar el Código.
Pacheco sometió y se aprobó modificar el párrafo 3 del artículo 13 del informe para que sacerdotes, pastores y lideres religiosos paguen de manera individual cuando cometan una infracción a la Ley, no la institución.
Afirmó que los temas de niñez, feminicidios, las causales posibles, están resueltos en la pieza aprobada, aunque no como muchos quisieran, él incluido, pero no se pudo porque no habían votos para ello en el hemiciclo.

El informe

El informe que presentó la comisión especial designada para presentar las modificaciones al nuevo Código Penal sugirió modificaciones trascendentales como el aumento de panas y multas a quienes cometan delitos contra mujeres, niños, el Estado y otros.
Establece que es cómplice de un delito quien contribuya de manera accesoria a la ejecución a la infracción mediante actos u omisiones anteriores o simultáneos al hecho.
Los cómplices serán sancionados con la pena inmediatamente inferior a la aplicable al autor al autor de la infracción.
Modificó el artículo 13 sobre entes exento de responsabilidad penal, indica que la responsabilidad de los partidos políticos, movimientos y agrupaciones políticas, reconocidos por la Junta Central Electoral (JCE) será regulada por la ley que rige la materia.
En el caso de las iglesias, precisa, en las cuales sus representantes actúen en su nombre, en asuntos que comprometan la responsabilidad penal, las mismas podrán ser procesadas penalmente.
Agrega un párrafo al artículo 34 de la Ley en cu anto a las penas complementarias a infracciones graves en el cual dice: cuando sea necesario convertir la multa dejada de pagar, el juez de ejecución de la pena fijará la modalidad de la compensación, conforme a lo dispuesto en el Código Procesal Penal, La prisión impuesta en estas circunstancias no será nunca mayor a seis meses.

Reincidencia
En torno a la reincidencia, en las modificaciones señala que la reincidencia solo se aplicará si entre la primera y la segunda infracción no ha transcurrido un lapso superior a diez años, en caso de infracciones graves, a contar de la fecha en que la sentencia de condena precedente se haya hecho irrevocable o prescrito, según corresponda.
Modifica el párrafo II del artículo 54 para que diga: la corrupción, coalición de funcionarios, concusión, tramitación de contratos sin cumplimiento de requisitos legalmente, cohecho pasivo y activo, tráfico de influencias pasivo y activo, malversación de fondos, obtención ilegal de beneficios económicos, enriquecimiento ilícito, conflicto de intereses, alteración de precios, sobreevaluación ilegal, peculado, distracción de recursos, hechos por tercero con concurso de funcionarios públicos y el pago irregular de contratos administrativos, así como las infracciones afines a estas, definida en este CP, se consideran, respecto a la reincidencia, como infracciones de una misma naturaleza.
El proyecto también establece la semilibertad, el informe indica que esta no será aplicable para personas condenadas por violencia grave contra las mujeres, niños, niñas o adolescentes, intrafamiliar o su tentativa, ni contra las personas discapacitadas, envejecientes en condiciones de vulnerabilidad.
La semilibertad es el régimen mediante el cual el jez de la ejecución de la pena podrá permitir al condenado pasar un mínimo de horas o días en prisión, pudiendo destinar el resto del tiempo fuera de esta, cumpliendo una de las actividades prevista en este Código, siempre que la pena que le sean aplicada no exceda de los cinco años de prisión.
El homicidio agravado: será sancionado con 30 a 40 años de prisión mayor y multa de 50 a mil salarios mínimos del sector público, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 46 y 47 si precede, acompaña o sigue a otro homicidio, o a otra infracción muy grave.
Si tiene por objeto preparar o facilitar la comisión de otra infracción, o favorecer la fuga o asegurar la impunidad del autor de estas infracciones; si se comete con premeditación o asechanza, en cuyo caso la infracción se denomina asesinato.
Si se comete contra un niño, niña o adolescente, contra un ascendiente o descendiente en cualquier grado, o contra el padre o madre adoptivo; si se comete contra un pariente colateral en segundo grado.

Feminicidios
Define el feminicidio como el hecho cuando la mujer presente signos de violencia sexual, mutilación, genital o cualquier otro tipo de ensañamiento previo o posterior a la privación de la vida o acto de necrofilia.
El feminicidio será sancionado con penas de entre 30 a 40 años de prisión mayor y multa de 50 a mil salarios mínimos del sector público.
El dopaje será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de 10 a 20 salarios mínimos del sector público.
Para el propietario de un inmueble o instalación de un local comercial, práctica o competencia deportivas, establece penas si por inobservancias provoca un accidente (tipo Jet Set).

Establece, si mere una persona se sancionará con cinco años de prisión menor y multa de nueve a 15 salarios mínimos del sector público.
Si mueren dos o cinco personas se sancionará con cinco a diez años de prisión mayor y multa de 10 a 20 salarios mínimos; pero si mueren más de cinco personas la sanción es de 10 años de prisión mayor y multa de 20 a 30 salarios mínimos.
La normativa establece prisión de dos a 20 años a los conductores de motocicletas que desarrollando carreras y calibrando provoquen muertes y lesiones a otros.
En caso de violencia intrafamiliar o doméstica, el CP establece sanciones de dos a cinco años de prisión menor y multa de nueve a 15 salarios mínimos, cuando se manifieste en la forma de violencia psicológica o verbal, violencia económica, patrimonial o de intimidación o persecución.